Aktivierung und Erwerb von Cubacel Laufzeitverträgen für juristische Personen
Juristische Personen, die Interesse an Laufzeitverträgen haben, werden darum gebeten persönlich bei der nächsten ETECSA-Filiale vorstellig zu werden um weitere Informationen zu erhalten. Sie können sich ebenfalls telefonisch an unseren Support (53 5 2642266, sowie die Durchwahl 118) oder an das nächstgelegene Handelsbüro wenden.
Die festgelegten Anforderungen für einen Vertragsabschluss, sind die von ETECSA erstellte Client-Datei und die Vorlage eines Nachweises über die Tätigkeit als Jurist. Verweise auf die unten aufgeführten Dokumente beziehen sich auf den jeweiligen Unternehmenstyp.
Dieser Nachweis wird jährlich aktualisiert, es sei denn, er wird mit einer kürzeren Gültigkeitsdauer ausgestellt. In diesem Fall muss der Nachweis aktualisiert werden, bevor dieser abläuft. Ebenso obliegt es dem Kunden, rechtzeitig eine neue Bescheinigung über etwaige Änderungen an den erforderlichen Dokumenten, oder deren Inhalt vorzulegen. Dies hat zum Ziel, Ihre Client-Datei bei ETECSA auf dem neuesten Stand zu halten.
Gesellschaftsarten und benötigte Dokumente:
Entidad extranjera
Esté o no inscrita como Sucursal de Sociedad Mercantil Extranjera o Empresario Individual, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscripto a la Cámara de Comercio de la República de Cuba:
1. Acreditan la existencia legal de la compañía o del Empresario Individual, entendido este último como la persona natural con domicilio en el extranjero, que en nombre propio realiza habitualmente actos de comercio; que deben cumplir los siguientes requisitos:
– Escritura de Constitución de la Compañía, y en el caso del Empresario Individual, documento que acredite estar autorizado para operar como tal, legalizado ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizado ante Notario Público Cubano.
– Estatutos, legalizados ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizados ante Notario Público Cubano.
– Inscripción en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda en el que esté inscrito el cliente, con no más de seis (6) meses de expedida, legalizada ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizada ante Notario Público Cubano.
– Inscripción en el Registro de Contribuyentes.
2. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
3. Designación y facultades de la persona natural que actuará como Representante Legal; según poder otorgado por el Representante Legal a favor de la(s) persona(s), facultadas actuar a nombre y en representación de la entidad, describiendo las facultades otorgadas en cada caso, legalizado ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizado ante Notario Público Cubano.
4. Licencia expedida por el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscripto a la Cámara de Comercio de la República de Cuba (de estar establecida como Sucursal en la República de Cuba).
Persona jurídica cubana
(Empresa Mixta, Empresa Cubana, Ministerio)
1. Constitución de la entidad.
2. Objeto social o actividad autorizada, describiendo el contenido de éste.
3. Nombramiento del máximo jefe de la entidad.
4. Designación o autorización para realizar trámites de todo tipo, incluida la facultad de firmar contratos.
5. Licencias bancarias.
6. Número de cuenta bancaria.
7. Licencias y/o Autorizaciones del Registro Central Comercial u otro que corresponda según la naturaleza de la entidad.
8. Constancia de Inscripción en el Registro Mercantil, Registro de Sociedades Anónimas u otro que corresponda, según proceda.
Agencia de Prensa Extranjera
(Acreditada en el Centro de Prensa Internacional)
1. Acreditación del Centro de Prensa Internacional, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Nombramiento o la designación del Corresponsal autorizado de la agencia, igualmente expedido por Centro de Prensa Internacional, que describa las facultades otorgadas a dicho Corresponsal.
3. Agencia Bancaria depositaria de sus fondos y número de cuenta bancaria.
Embajadas
1. Especificar la persona a quien se autoriza a las relaciones con nuestra empresa.
2. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
Aclaraciones: Las solicitudes de servicio tendrán que ser expedidas por el Embajador o por el funcionario, previamente designado por el Embajador para realizar las operaciones comerciales con la Empresa. El Embajador es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.
Organizaciones Internacionales y No Gubernamentales
(Incluye entidades religiosas)
1. Haga referencia a la acreditación del Organismo Patrocinador.
2. Incluir los datos de referencia al poder o carta de autorización del Representante autorizando a otra persona a contratar el servicio si no se suscribe por éste.
3. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
Organizaciones Gubernamentales
(Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado, Organizaciones Políticas, Sociales y de Masas)
1. Nombramiento del máximo jefe de la entidad.
2. Debe especificarse nombre de la persona autorizada a contratar el servicio y cantidad de líneas autorizadas.
3. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
Aclaraciones: Autorización del Titular del Organismo u Organización en el caso que se trate. El Titular de la Organización u organismo es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.
Agencias de Viajes Acreditadas Avalada
1. El documento debe hacer referencia a la empresa cubana que lo representa especificando que se responsabilizan ante los adeudos de la Agencia de Viaje.
2. Inscripción actualizada en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras de la Cámara de Comercio de la República de Cuba o en el Registro Mercantil.
3. Nombre del representante de la misma.
4. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
Aclaraciones: El Contrato deberá ser firmado por el representante legal en Cuba o en su defecto por la persona autorizada por éste, previa constancia escrita y para ello deberá presentar al momento de la contratación el documento identificativo del Representante Legal, que figura en el documento de Inscripción de la Cámara de Comercio, para poder cotejar las firmas, así como el carnet de identidad y de la Agencia Empleadora de la persona que se presenta ante nosotros. Cuando contratan servicios por primera vez tendrán que pagar de forma anticipada, los costos por concepto de Cuota de Activación y Servicios de Tiendas. El Representante legal es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.
Asociación avalada por el MINJUS
1. Haga referencia al Certificado de inscripción actualizado en el MINJUS, en el registro correspondiente.
2. Acreditación de las facultades de la persona natural que actúa a nombre y en representación de la entidad.
3. Debe especificarse los datos de la persona que posea el poder o carta de autorización del representante autorizándolo a contratar el servicio si no se suscribe por éste.
4. Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
Aclaraciones: El representante legal es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.
Cooperativas no agropecuarias
1. Constitución de la entidad; así como su inscripción en el Registro Mercantil.
2. Acreditación de las facultades de la persona natural que actúa a nombre y en representación de la entidad.
3. Código ONEI (Oficina Nacional de Estadística e Información) y su inscripción en la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
4. Acreditación de la titularidad de la cooperativa de las cuentas en CUP y CUC, así como su solvencia económica.
5. Certifico que emite el Registro de Constructores del país, para el caso de las cooperativas vinculadas con la actividad constructiva.
Se puede utilizar como referencia para revisar los documentos legales antes descritos, la base de datos del Registro ONEI (sitio: http://www.onei.cu/ryc_cnoa.htm), el cual contiene el “Listado de cooperativas no agropecuarias” y ofrece información detallada y actualizada sobre las mismas.
Cuando se reciba la notificación, que una empresa que tenga contrato con ETECSA, causa baja de la Cámara de Comercio; se tiene que hacer la correspondiente gestión de cobros, exigiendo liquiden las deudas.
Las personas jurídicas pueden contratar con nuestra empresa tanto servicios permanentes como temporales, las características de los mismos serán las siguientes:
Para todos los casos recordar que las acciones sobre estos clientes son registradas y facturadas al cierre de cada mes, teniendo un plazo de hasta 30 días para el pago de las mismas; los términos superiores serán analizados y se realizarán conciliaciones, así como compromisos de pago. Se podrá cobrar en la moneda pactada en el momento de la contratación aplicándose la tasa de cambio vigente.
La contratación de un servicio permanente, tiene que ser por más de 6 meses, paga cuota de activación de 30.00 CUC y tiene que acogerse a uno de los planes vigentes.